Derecho a la salud

Con cédula de identidad vigente, las personas extranjeras y sus familias se atienden en FONASA o en una ISAPRE con los mismos derechos que las chilenas. Sin cédula, hay grupos con protección especial.

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Primer plano de un niño con mascarilla verde

¿Quién puede atenderse en salud?

Todas las personas extranjeras con cédula de identidad vigente y sus familiares directos (cónyuge, hijos, hijas y otras cargas familiares reconocidas) pueden acceder a salud a través de FONASA (sistema público) o de las ISAPRES (sistema privado), con derecho a las mismas atenciones que los trabajadores chilenos.

Las diferencias aparecen cuando la persona extranjera no tiene cédula de identidad chilena. Sin embargo, hay grupos de migrantes que, para el acceso a la salud, tienen medidas especiales de protección.

Una niña con mascarilla rosada en la sede, con otras niñas y madres detrás

¿Qué grupos tienen protección especial?

Personas solicitantes de refugio

Por convenio con el Ministerio del Interior, a través del Departamento de Extranjería, FONASA les otorga un número de identificación especial y provisorio, solo para afiliarse o ser beneficiarias del Fondo Nacional de Salud.

Mujeres embarazadas

Se atienden en el Centro de Salud Familiar más cercano a su domicilio y pueden obtener visa de residencia temporaria y cédula de identidad. El procedimiento es:

  1. Acércate al establecimiento de salud de tu comuna y pide tu inscripción y atención.
  2. En el consultorio, pide un certificado de control de embarazo con firma y timbre de una autoridad responsable del servicio, o un certificado médico que acredite el embarazo, con timbre y firma del profesional.
  3. Con ese certificado, solicita la Visa Temporaria para Mujeres Embarazadas.
  4. También pueden acogerse quienes tuvieron residencia en el país y la tienen vencida, o están en situación irregular.
Niñas, niños y adolescentes menores de 18 años

Tienen derecho a atenderse en los establecimientos públicos de salud: sus adultos responsables deben inscribirlos en el consultorio más cercano a su domicilio. Con la inscripción, además, pueden obtener una visa temporaria en el Departamento de Extranjería y Migración o en las gobernaciones provinciales. El procedimiento es:

  1. Inscríbelo en el establecimiento de salud que corresponde a tu domicilio y pide un certificado de inscripción.
  2. Con ese certificado, más los otros documentos requeridos, solicita la visa temporaria.
  3. Con la visa temporaria, ve al Registro Civil y pide su cédula de identidad.
  4. Presenta la cédula en el establecimiento de salud donde lo inscribiste. También puedes declarar carencia de recursos, o puede ser reconocido como causante de asignación familiar si vive a cargo de un padre o madre que cotiza.
  5. Mientras el permiso de residencia está en trámite, y cuando obtengan la cédula, los niños y niñas tienen derecho a las atenciones de salud y a todos los beneficios de FONASA, incluido el AUGE.
Una mano adulta sostiene la mano de una guagua que toma un gajo de mandarina

¿Y si no he regularizado mi situación?

Las personas extranjeras que no han podido regularizar su situación migratoria y no tienen recursos pueden acceder al sistema público de salud. Primero deben inscribirse en el Centro de Salud Familiar público más cercano a su domicilio, donde se les gestiona un número identificador provisorio y se les califica como usuarias de FONASA A. Para inscribirse se necesita:

  • Documento de identidad de cada integrante de la familia.
  • Certificado de residencia.

¿Cómo se afilia a FONASA una familia con cédula?

Toda persona con cédula de identidad vigente tiene derecho a atención de salud y puede elegir su sistema de seguridad social en salud (FONASA o ISAPRE), como cualquier chileno o chilena.

Quienes cotizan el 7 % de salud en FONASA tienen derecho a la Red Pública y, además, a la Libre Elección de FONASA con copago (bonos).

La acreditación como afiliado se hace en cualquier sucursal de FONASA o ChileAtiende, y la persona queda en el tramo B, C o D según su ingreso.

¿Y si dejo de recibir ingresos?

Si estabas en los tramos B, C o D (cotizante del 7 %) y quedas sin trabajo ni ingresos, tú y tu familia siguen protegidos por FONASA en estos casos:

Contrato por días, obra o faena

Si eras afiliado a FONASA con contrato por días, obra o faena, mantienes los beneficios durante los 12 meses siguientes a tu última cotización: atención en la Red Pública y Libre Elección de FONASA.

Trabajador dependiente con subsidio

Si eras trabajador dependiente y recibes subsidio de cesantía o seguro de desempleo, mantienes los beneficios de FONASA mientras dure el subsidio o seguro, con atención en la Red Pública y Libre Elección.

Sin subsidio de cesantía

Si dejas de recibir el subsidio o el seguro, o no tuviste derecho a ellos, puedes acceder a los beneficios de FONASA acreditando carencia de recursos en un consultorio de atención primaria, con el finiquito o un documento que acredite que ya no tienes ingresos.

Una niña ríe tapándose la boca con la mano

¿Sigo en FONASA mientras renuevo mi visa?

Sí. El Ordinario A14 Nº 2551 del 16 de junio de 2009 establece que las personas migrantes afiliadas a FONASA (tramo A, carentes de recursos, o tramos B, C o D) que estén renovando su permiso de residencia temporal o definitiva mantienen los beneficios de su tramo aunque su cédula esté vencida. Al momento de la atención deben presentar el “Formulario de visa en trámite”.

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