Todas las personas extranjeras que tengan cédula de Identidad vigente y sus familiares directos (cónyuge, hijos, hijas y otras cargas familiares reconocidas) pueden acceder a salud a través de FONASA (sistema público) o de ISAPRES (sistema privado) teniendo derecho a las mismas atenciones en Salud que los trabajadores chilenos.
Las diferencias en el acceso a atenciones en salud, se producen cuando los extranjeros no cuentan con su Cédula de identidad chilena. Sin embargo, existen Grupos de migrantes que, para efectos de acceso a Salud tienen medidas especiales de protección.Todas las personas extranjeras que tengan cédula de Identidad vigente y sus familiares directos (cónyuge, hijos, hijas y otras cargas familiares reconocidas) pueden acceder a salud a través de FONASA (sistema público) o de ISAPRES (sistema privado) teniendo derecho a las mismas atenciones en Salud que los trabajadores chilenos.
Tienen derecho a que FONASA, por Convenio con el Ministerio del Interior a través del Departamento de Extranjería, les otorgue un número de Identificación especial y provisorio, solamente para efecto de afiliarse o ser beneficiario del Fondo Nacional de Salud, FONASA.
Serán atendidas en el Centro de Salud Familiar más cercano a su domicilio y podrán obtener Visa de Residencia temporaria y Cédula de identidad. El procedimiento que deben seguir es:
1. Acercarse al establecimiento de salud de la comuna en la que residen y solicitar su inscripción y atención.
2. En el consultorio se debe solicitar un certificado de control embarazo, con la firma y timbre de una autoridad responsable de ese servicio, o Certificado médico que acredite el embarazo, con el timbre y firma del profesional que emite el certificado.
3. Con el certificado médico emitido debe solicitar una Visa Temporaria para Mujeres Embarazadas.
4. Podrán acogerse a este beneficio también aquellas extranjeras que habiendo tenido una residencia en el país, ésta se encuentre vencida, o se encuentren en situación irregular.
Tienen derecho a recibir atenciones en los establecimientos públicos de salud para lo cual deben ser inscritos por sus adultos responsables en el Consultorio más cercano a su domicilio.
Con la inscripción, además, tienen derecho a obtener una visa temporaria en el Departamento de extranjería y migración del Ministerio del interior o en las Gobernaciones provinciales a nivel regional. El procedimiento que deben seguir es:
1. Acudir a inscribirse en el establecimiento de salud correspondiente a su domicilio y solicitar un certificado de inscripción.
2. Con el certificado de inscripción en establecimiento de salud, más otros documentos que son requisitos, deben solicitar visa temporaria.
3. Con la Visa Temporaria se debe acudir al Registro Civil y solicitar su cédula de Identidad.
4. Presentar cédula de identidad en establecimiento de salud en el que se ha inscrito. Además, el solicitante puede declarar su carencia de recursos o ser reconocido en su calidad de causante de asignación familiar si vive a expensas de padre o madre que cotiza.
5. Mientras se encuentre con permiso de residencia en trámite, y cuando obtengan cédula de identidad, los niños y niñas tendrán derecho a las atenciones en salud y a acceder a todos los beneficios de FONASA, incluido el AUGE.
Los extranjeros que no hayan podido regularizar su situación migratoria, y sean carentes de recursos, pueden acceder al sistema público de salud, previo a inscribirse en el Centro de Salud Familiar púbico más cercano a su domicilio, donde se le gestionará un número identificador provisorio y serán calificados como usuarios de Fonasa A. Los requisitos para la inscripción son:
a. Documento de identidad (de cada integrante de la familia).
b. Certificado de residencia.
Toda persona que tenga cédula de identidad vigente tiene derecho a las atenciones en salud, y podrá acceder al sistema de Seguridad Social en Salud que elija (FONASA o Isapre), como cualquier chileno/a.
Las personas que coticen el 7% de salud para FONASA tienen derecho a la atención en la Red Pública y complementariamente a la atención de Libre Elección de FONASA, haciendo un co-pago (bonos).
Para iniciar su acreditación de afiliados pueden hacerlo en cualquier sucursal de FONASA o Chile atiende, pudiendo quedar clasificados en los tramos B, C o D según su ingreso.
En los casos que las personas se encuentren acreditadas en los tramos B, C o D (cotizantes del 7%), queden sin trabajo y no perciban ingresos, sigue estando protegido con FONASA junto a su familia en los siguientes casos:
Si era afiliado a FONASA y tenía un contrato de trabajo por días obra o faena puede acceder a los beneficios por los 12 meses siguientes a la última cotización en FONASA manteniendo sus derechos y accediendo a las atenciones de salud de la Red Pública y también a la Libre Elección de FONASA
Si era un trabajador dependiente y está recibiendo el subsidio de cesantía o los beneficios del seguro de desempleo podrá acceder a los beneficios que ofrece FONASA por el mismo período de duración del subsidio o seguro de desempleo, tendrá derecho a cualquier atención en la Red Pública y también a la Libre Elección de FONASA.
Si deja de recibir el subsidio de cesantía o el beneficio del seguro de desempleo o simplemente no tuvo derecho a ellos podrá acceder a los beneficios que ofrece FONASA acreditando carencia de recursos en un consultorio de atención primaria, presentando el finiquito de trabajo o la documentación que acredite que ya no percibe ingresos.
El Ordinario A14 Nº 2551 del 16/06/09 establece que las personas migrantes que estén registradas como afiliadas a FONASA carente de recursos (tramo A) o tramo B, C o D, y al mismo tiempo se encuentren renovando su permiso de residencia temporal o definitivo, mantendrán los beneficios correspondientes a su calificación aunque tengan su cédula de identidad con el plazo de vigencia vencido. Para este fin las personas migrantes al momento de la atención deben presentar su “Formulario de visa en trámite”.
Teléfono de información “Salud Responde” 600 360 77 77